
Analizan un posible waiver por no cumplir la meta de acumulación de divisas.
El organismo tomó la decisión a la espera de que el Congreso apruebe el proyecto de ley que eleva los montos de facturación de cada una de las categorías del impuesto.
EconomíaCon tres medidas sucesivas, el Gobierno llevó a los monotributistas del enojo a la confusión sin solución de continuidad. En un primer momento, les quiso cobrar un retroactivo que surgía de la diferencia en las cuotas y las escalas que comenzaron a regir a mitad de año, cuando deberían haber estado vigentes a inicios de 2021, si no hubiera habido retraso por parte del Gobierno. Posteriormente, se anunció que se enviaría un proyecto de ley al Congreso para enmendar ese error. Ahora, como ese proyecto aún no fue aprobado en el Congreso y mañana debía comenzar la recategorización semestral con los valores vigentes, que son los que la iniciativa busca modificar, la AFIP confirmó que postergará la recategorización que debía comenzar este jueves.
La recategorización de los monotributistas prevista para julio no será habilitada, confirmaron fuentes del organismo. La decisión se tomó a la espera de una definición en el debate parlamentario del proyecto de “ley de alivio fiscal”, como el Gobierno denominó a la norma que subsana el retraso de la ley original y sus consecuencias indeseadas para casi cuatro millones de contribuyentes que abonan el impuesto.
Por otro lado, la AFIP también oficializó la prórroga del vencimiento de la cuota del Monotributo que vencía a fines de junio. El nuevo plazo fue fijado para el próximo 5 de agosto e incluye a las obligaciones impagas de todo el primer semestre.
La iniciativa que reforma por segunda vez en el año el Régimen Simplificado fue elaborada por el titular de la Cámara baja, Sergio Massa, y el jefe del bloque oficialista de Diputados, Máximo Kirchner. Se presentó en el Parlamento luego que Alberto Fernández decidiera dar marcha atrás con los retroactivos a enero.
El proyecto de alivio para los monotributistas dispone que las tablas 2020 rijan durante el primer semestre de este año, con los topes de facturación previos y las cuotas como se pagaban hasta mayo. En tanto, desde el 1° de julio mayores límites de facturación. Se trata de un incremento adicional “progresivo”, es decir que tendrá mayor suba para las categorías más bajas y menor para las más altas.
Así, una vez que el proyecto se convierta en ley, la categoría A tendrá un aumento de 30% extra al ya definido (sumará 77% en comparación con 2020) y llegará a $370.000, mientras la escala más alta, la K, ascenderá a $3.700.000, es decir 4,8% más que la vigente.
El proyecto establece diferentes beneficios, que se pueden sintetizar en los siguientes:
Se sostienen los valores mensuales de las cuotas a pagar: de enero a junio de 2021 será el vigente a diciembre de 2020. La actualización de la cuota regirá a partir de julio de 2021.
Se establece un esquema progresivo de actualización de las escalas: se duplica para las más bajas el incremento del 35% de este año (77% respecto de diciembre 2020) y es de 4,8% para la más alta
Se fijan a partir del 1º de julio de 2021, nuevos parámetros de ingresos brutos anuales que complementan el régimen vigente desde enero de 2021, sin aumentar la cuota mensual del monotributo.
Se crea un programa específico de alivio fiscal que complemente los cambios establecidos por la reforma vigente para permitir que los contribuyentes se puedan mantener en el régimen a pesar de haberse excedido en la facturación. Podrán acceder los monotributistas que: a) registren ingresos que no superen el monto equivalente a 1,5 veces los ingresos brutos máximos de la Categoría “K” ($5.550.000 anuales); b) que el total de bienes del país y del exterior no superen los $6.500.000.
Los monotributistas de las categorías más altas deberán pagar una cuota especial para poder mantenerse en el régimen.
Se crea un régimen de regularización para las deudas de los monotributistas que condonará intereses y multas y permitirá cancelarlas hasta 60 cuotas mensuales y con un interés de financiación no superior al 1,5% mensual.
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