
El mercado de cambios reacciona con bajas generalizadas después del triunfo electoral del oficialismo en as legislativas.
Los nuevos montos rigen desde julio y agosto, respectivamente. Se elevan los mínimos no imponibles, las deducciones personales y las escalas de facturación
Economía15 de julio de 2025
La inflación acumulada del 15,1% entre enero y junio de 2025, según el INDEC, activó la actualización semestral de los principales tributos nacionales: el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo. Los cambios, establecidos por la Ley de Medidas Fiscales de 2024, buscan evitar que los contribuyentes tributen más por efecto de aumentos nominales sin mejora real en sus ingresos.


Impuesto a las Ganancias: nuevos mínimos y deducciones
Desde el 1° de julio, los trabajadores en relación de dependencia verán modificados los mínimos no imponibles:
Las alícuotas progresivas se mantienen entre el 5% y el 35%, aplicables sobre el excedente. Además, se actualizan las deducciones personales en igual proporción:
Estas deducciones deben informarse en el Formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador, disponible en la web de ARCA, el organismo que reemplazó a la AFIP.
Monotributo: nuevos topes y cuotas desde agosto
A partir del 1° de agosto, se actualizan los límites de facturación anual y las cuotas mensuales del régimen simplificado:
Categoría A: pasa de $7.813.063 a $8.992.835
Categoría K (máxima): sube de $82.370.281 a $94.808.193
Las cuotas mensuales también aumentan
Categoría A: $37.086
Categoría B: $42.217
Categoría K: $1.208.922 (locación de servicios)
La recategorización obligatoria debe realizarse hasta el 5 de agosto, considerando ingresos, superficie afectada, consumo eléctrico y alquileres. Quedan exceptuados quienes llevan menos de seis meses en el régimen o no registraron cambios.
La actualización semestral apunta a preservar el poder adquisitivo y evitar distorsiones fiscales provocadas por la inflación. Tanto en Ganancias como en el Monotributo, los nuevos valores buscan ajustar la carga tributaria sin ampliar la base de contribuyentes por efecto nominal.




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