Tras la inflación del 15,1% en el semestre, se actualizan los valores del Monotributo y del Impuesto a las Ganancias

Los nuevos montos rigen desde julio y agosto, respectivamente. Se elevan los mínimos no imponibles, las deducciones personales y las escalas de facturación

Economía

monotributo

La inflación acumulada del 15,1% entre enero y junio de 2025, según el INDEC, activó la actualización semestral de los principales tributos nacionales: el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo. Los cambios, establecidos por la Ley de Medidas Fiscales de 2024, buscan evitar que los contribuyentes tributen más por efecto de aumentos nominales sin mejora real en sus ingresos.

Impuesto a las Ganancias: nuevos mínimos y deducciones

Desde el 1° de julio, los trabajadores en relación de dependencia verán modificados los mínimos no imponibles:

  • Solteros sin hijos: exentos hasta $2.624.000 brutos mensuales (≈ $2.178.000 netos)
  • Con dos hijos: exentos hasta $3.054.000 brutos (≈ $2.535.000 netos)
  • Casados con dos hijos: exentos hasta $3.464.000 brutos (≈ $2.890.000 netos)

Las alícuotas progresivas se mantienen entre el 5% y el 35%, aplicables sobre el excedente. Además, se actualizan las deducciones personales en igual proporción:

  • Hijos menores o con discapacidad
  • Cónyuge sin ingresos (hasta $4,5 millones anuales)
  • Alquileres, medicina prepaga, servicio doméstico, donaciones, educación, seguros y préstamos hipotecarios

Estas deducciones deben informarse en el Formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador, disponible en la web de ARCA, el organismo que reemplazó a la AFIP.

 Monotributo: nuevos topes y cuotas desde agosto

A partir del 1° de agosto, se actualizan los límites de facturación anual y las cuotas mensuales del régimen simplificado:

Categoría A: pasa de $7.813.063 a $8.992.835
Categoría K (máxima): sube de $82.370.281 a $94.808.193

Las cuotas mensuales también aumentan

Categoría A: $37.086
Categoría B: $42.217
Categoría K: $1.208.922 (locación de servicios)

La recategorización obligatoria debe realizarse hasta el 5 de agosto, considerando ingresos, superficie afectada, consumo eléctrico y alquileres. Quedan exceptuados quienes llevan menos de seis meses en el régimen o no registraron cambios.

La actualización semestral apunta a preservar el poder adquisitivo y evitar distorsiones fiscales provocadas por la inflación. Tanto en Ganancias como en el Monotributo, los nuevos valores buscan ajustar la carga tributaria sin ampliar la base de contribuyentes por efecto nominal.

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