La Suprema Corte llegó a un acuerdo: cuáles son las principales reformas al proyecto

Los ministros se dirigieron en bloque a la Legislatura y entregaron las modificaciones al texto original en la Legislatura. Se votará el miércoles que viene en la Cámara Baja.

Política 28 de septiembre de 2022

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Luego de horas de negociaciones internas, la Suprema Corte de Justicia coincidió en puntos de consenso sobre el proyecto que modificará el funcionamiento interno del máximo tribunal de Justicia, y que tendrá su aprobación en la Legislatura en cuestión de días. Los ministros entregaron este miércoles en la Casa de las Leyes la redacción de los ejes con las modificaciones que se realizaron a la iniciativa que había formalizado días atrás el gobernador Rodolfo Suárez, a través de una propuesta discutida y redactada con acuerdo de sus miembros.

El proyecto, si bien se especuló en tratarlo en la sesión de hoy, se terminará votando el miércoles que viene en la Cámara Baja, aunque consiguió el despacho en comisiones tal como llegó desde Tribunales. Desde el Gobierno valoraron la propuesta, sobre la que marcaron que “no alteran en la sustancia del proyecto”. También hubo una celebración por parte del peronismo, donde destacaron que “primó la institucionalidad”.

En lo que correspondió a un mensaje de institucionalidad y diálogo político, que no abunda a nivel nacional, seis de los siete ministros de la Corte -faltó Julio Gómez porque está de licencia-, entre quienes tienen importantes diferencias ideológicas, se presentaron este miércoles por la mañana ante la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales (LAC) para entregar en mano las sugerencias con los cambios que discutieron hasta cerca de la medianoche de este martes. Junto a los supremos, estuvieron el vicegobernador, Mario Abed; la presidenta provisional del Senado, Natacha Eisenchlas; y el presidente de la Cámara de Diputados, Andrés Lombardi, entre otros.

El proyecto, que fue votado en LAC con 12 votos positivos (Cambia Mendoza y Frente de Todos) y solo uno negativo (Mercedes Llano, del PD), mantiene puntos sustanciales del texto original, que promueve el sorteo de las causas que llegan al máximo tribunal y una paulatina eliminación de las salas 1 y 2, con el objetivo de evitar el Forum Shopping y que el proceso sea más transparente.

También otorga funciones jurisdiccionales al presidente de la Corte, establece cambios en los modos en los que se eligen las autoridades dentro del máximo tribunal, y las posibilidades para llamar a plenario, entre otros puntos importantes. Además, se plantea una resolución en pleno (los 7 miembros) en casos de acciones de inconstitucionalidad de leyes o los derechos colectivos.

Con relación a las modificaciones a la propuesta original, una de las más importantes se da en el último artículo, que es el 14. El mismo establece una serie de disposiciones transitorias en las cuales irá de forma gradual la eliminación de las salas 1 (Civil y Comercial) y 2 (Penal y Laboral) tal como las conocemos y rige actualmente.

En primer lugar, marca que se mantendrán los mandatos ya elegidos en este año calendario, que tienen a Dalmiro Garay como su presidente; y a Julio Gómez y Omar Palermo como presidentes de las salas 1 y 2 respectivamente a partir de noviembre.

También marca una aplicación “progresiva” en materia jurisdiccional del colegio de jueces, de la cual indica que, en primer lugar, desde que entre en vigencia la ley, las causas contencioso administrativas se sortearán, mientras que las acciones de inconstitucionalidad irán todas a fallo plenario, por lo que se terminará con el llamado “Forum Shopping”.

En tanto, a partir del 1 de julio del año que viene se “eliminarán” las salas 1 y 2, para pasar a un sorteo entre los siete ministros, “previa decisión fundada del pleno de la Suprema Corte de Justicia –adoptada por dos tercios de la totalidad de sus miembros-”. No obstante, en caso de que no haya acuerdo, entrará en vigencia este sistema de sorteos el 31 de diciembre del 2023.

Otro de los cambios reside en el método de elección del presidente de la Corte y los vicepresidentes primero y segundo, que están establecidos en el artículo 2. En vez de mayoría simple, se exigirá con mayoría especial (5 de 7 votos). Si no hay acuerdo, habrá una segunda votación similar. Si persiste la falta de acuerdo, se realizará por mayoría simple.

En tanto, para garantizar que las minorías de la Corte ocupen espacios de poder en esa sala Administrativa, la novedad es que el vicepresidente primero se elegirá por mayoría simple, pero excluyendo de esa selección a quien salió elegido presidente, salvo empate. Lo mismo la elección del segundo vicepresidente segundo, ya que no podrán participar los elegidos presidente y vicepresidente primero.

El otro cambio está en el artículo 5, que establece las competencias del tribunal en pleno, así como también sus llamados y resoluciones. En el despacho original, el presidente de la Corte, si lo creía necesario y de forma fundada, podía llamar a una resolución en pleno en una causa particular. No obstante, en el texto modificado no tiene esta competencia, y sólo se podrá llamar a pleno a través del pedido de dos miembros de la sala sorteada o por tres ministros de la Suprema Corte.

Otros artículos, como el 6 y el 10, reordenaron las competencias y obligaciones de parte del tribunal en pleno y de la sala administrativa, dotando de mayor poder a las decisiones en pleno, es decir con los siete ministros, y a su vez quitando algunas competencias a esa sala, como por ejemplo las selecciones de conjueces.

Al respecto de este punto; y también sobre la elección del presidente y vices, en términos generales, se pronunció el juez Mario Adaro, quien señaló a radio Mitre Mendoza que el proyecto “reafirma lo que tiene que ver con la gestión o el gobierno en el Poder Judicial, reafirma el poder del pleno en las cuestiones más estratégicas y en fijar los planes estratégicos y el rumbo del Poder Judicial”.

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