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El presidente Alberto Fernández ordenó avanzar con restricciones, entre las que se encuentran el cierre de locales gastronómicos entre las 23 y las 6 de la mañana. Asimismo, se limitará la circulación nocturna a partir de las 24 horas.
Nacionales07/04/2021El Gobierno nacional avanzó con medidas restrictivas de manera parcial para frenar el avance de los casos de Covid-19 que crecen día a día de manera exponencial y genera preocupación por el aumento en la cifra de ocupación de camas de terapia intensiva. Del 9 al 30 de abril se restringirá la movilidad nocturna desde las 24 a las 6 de la mañana al tiempo que los locales gastronómicos deberán cerrar a las 23 horas. Una por una las medidas.
Luego de mantener nutridas reuniones con gobernadores y en particular con el Jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y el mandatario bonaerense, Axel Kicillof, quienes tienen bajo su dominio el territorio de mayor crecimiento de casos – el Área Metropolitana de Buenos Aires – se tomó la decisión de limitar la actividad para evitar el colapso sanitario.
Entre las medidas más importantes anunciadas esta tarde por el presidente Alberto Fernández se encuentra el cierre de locales gastronómicos a partir de las 23 horas y la prohibición de circulación entre las 00 y las 06 horas. "Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar", explicaron.
“Como Presidente de la Nación tengo la responsabilidad política de tomar las riendas y seguir conduciendo al país. Pero en estas circunstancias prima mi condición humana que me obliga a cuidar la vida y la salud antes que nada”, dijo Fernández en un video grabado desde la Quinta de Olivos, donde transita el aislamiento luego de haber sido diagnosticado con Covid-19.
Por eso, manifestó, "hemos adoptado diversas medidas que regirán para todo el país y otras más específicas que alcanzaran a zonas con mediano y alto riesgo epidemiológico y sanitario”, agregó.
- Se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos.
- En las zonas del país consideradas de mediano riesgo epidemiológico y sanitario es facultad y responsabilidad de gobernadores y gobernadoras adoptar en forma temprana medidas que disminuyan la circulación para prevenir los contagios. Ello es así, pues es del resorte exclusivo de las provincias el monitorear y hacer cumplir cualquier medida restrictiva de la circulación.
- En las zonas del país donde hay mayor riesgo epidemiológico y sanitario, se tomarán además las siguientes medidas.
a. Se suspenden actividades sociales en domicilios particulares.
b. Se suspenden reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.
c. Se suspenden actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas.
d. Se suspende la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
e. Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23hs.
f. Se prohíbe la circulación entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana de cada día. Según las jurisdicciones, las autoridades podrán solo ampliar estos horarios en función de las especificidades de cada lugar.
- Específicamente, en el AMBA sólo podrán usar el transporte público de pasajeros trabajadores considerados esenciales, toda la comunidad educativa y aquellos que ya fueron expresamente autorizados.
- Estas medidas de cuidado estarán vigentes desde las 0 horas de este viernes 9 de abril hasta el 30 de abril. El Gobierno Nacional evaluará cuidadosamente la correcta implementación de las medidas.
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