San Juan comenzará a implementar la receta electrónica a partir de agosto

La provincia comenzará con el nuevo sistema a partir de agosto, en cumplimiento de la disposición nacional.

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El Gobierno nacional ordenó la adopción de la receta electrónica para todas las consultas médicas en Argentina, y San Juan no es la excepción. El ministro de Salud de la provincia, Amilcar Dobladez, indicó en diálogo con SANJUANHOY.COM que buscan implementar este sistema desde agosto próximo. Sin embargo, también aclaró que el plazo para la plena aplicación ha sido ampliado.

Dobladez explicó que "el Ministerio de Salud de la Nación amplió por seis meses el tiempo para darle la exclusividad a la receta electrónica", lo que significa que la prescripción digital y en papel podrán coexistir hasta enero de 2025. El ministro también destacó que aún esperan algunas definiciones de las autoridades nacionales sobre los lineamientos específicos de la receta electrónica, lo que podría requerir ajustes adicionales.

A pesar de estas últimas aclaraciones pendientes, Dobladez aseguró que la Obra Social Provincia (OSP) ya está lista para implementar el sistema en agosto. "Es posible que empecemos después de una comunicación y capacitación tanto al paciente como a los profesionales sobre cómo se va a usar la receta", afirmó el ministro, añadiendo que la OSP ya cuenta con un sistema informático preparado para esta transición.

Mientras que la OSP tiene una fecha tentativa para la adopción de la receta electrónica, el resto de las obras sociales tendrán un periodo de seis meses para adaptarse a los cambios. Para el 1 de enero de 2025, todas las farmacias y médicos deberán trabajar con estas prescripciones virtuales.

Cómo será su funcionamiento

La receta electrónica, un documento digital sanitario, debe ser confeccionada y firmada por un profesional de la salud con firma electrónica o digital. Esta permite prescribir medicamentos o cualquier otra práctica o prestación, según lo establecido por la Ley 27.553 de Recetas Electrónicas o Digitales.

Las indicaciones de medicamentos tendrán vigencia de 30 días, 60 días para otras prácticas y estudios, y 90 días para tratamientos prolongados o de enfermedades crónicas. El médico emitirá las prescripciones de medicamentos a través de un soporte digital, enviando la receta al paciente mediante medios digitales como WhatsApp o correo electrónico. El paciente, a su vez, puede enviar la receta a la farmacia.

La receta electrónica deberá incluir la identificación del médico (nombre, matrícula, profesión, especialidad, domicilio), un código de barras, la identificación del paciente (nombre, obra social o prepaga, fecha de nacimiento, DNI, sexo), el medicamento identificado por su nombre genérico o denominación común internacional, el diagnóstico, la fecha de emisión y la firma digital del profesional.

Todos los médicos y entidades vinculadas con la salud deberán inscribirse en el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (ReNaPDiS), creado por el Ministerio de Salud de la Nación. Las plataformas de recetas electrónicas que ya están operativas también deberán registrarse en este listado.

La receta manuscrita se mantendrá como una condición de excepción en zonas de difícil acceso, sin conectividad o en caso de interrupciones eventuales del sistema, según confirmó la cartera sanitaria.

El Ministerio de Salud de la Nación habilitó una página web de Receta Electrónica con información, instructivos y requisitos para la población general, profesionales, farmacias y plataformas. Para consultas, se encuentran disponibles la línea telefónica 0800 (0800-222-1002) y la casilla oficial de correo electrónico.

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