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Los padres o tutores deberán comenzar el trámite, a partir del 1 de febrero hasta el 27 de marzo del corriente año.
LocalesLas medidas aplican para el inicio de expedientes del corriente ciclo electivo 2024, en el marco del programa de Fortalecimiento a la Inclusión Educativa, el cual está destinado a personas con discapacidad, a fin de solventar parcialmente los gastos que demande su inclusión en el sistema Educativo, creado mediante resolución N°0665- MDHyPS-2019.
El Ministerio de Familia y Desarrollo Humano, informa a los Docentes Auxiliares Integradores (DAI) que por resolución N°0485- MDHyPS-2019 aprueba el pago de subsidio y se efectiviza directamente a los Docentes Auxiliares Integradores.
Deberán presentar la documentación a partir del día 1 de febrero hasta el 27 de marzo del corriente año, cabe destacar que se abonará por el periodo de 10 meses (marzo a diciembre), para aquellos casos que presenten la documentación con posterioridad comenzará a regir a partir de su presentación.
Conforme al siguiente detalle, deberán presentar la documentación necesaria para el inicio del expediente en la fecha estipulada, a saber:
Requisitos del grupo familiar
Nota dirigida al ministro de Desarrollo Humano y Promoción Social, Prof. Carlos Platero.
No podrá tener más de un caso en el mismo turno.
Fotocopia del DNI, del beneficiario y grupo familiar.
Certificación negativa de ANSES del beneficiario y grupo familiar.
Recibo de sueldo en caso de tenerlo.
Certificado de Discapacidad, y diagnósticos correspondientes (obligatorio o constancia en trámite).
Si el menor no posee CUD se requerirá diagnóstico y solicitud indicado por el profesional médico especialista, e informe evolutivo del gabinete de Educación solicitando la derivación y acompañamiento de DAI.
Constancia negativa de la obra social y coseguro (solo en caso de poseer).
Certificado de Inscripción de la institución a la cual asiste, indicando el año y el turno.
Requisitos del profesional
Currículum del profesional.
Fotocopia de DNI del profesional interviniente.
Copia del título o analítico del docente (recibido), legalizado.
CBU emitido por la entidad bancaria, no se aceptarán de plataformas virtuales (CVU).
Certificado de antecedentes y planilla prontuarial (obligatorio).
Constancia de Inscripción en AFIP, actualizada al momento de presentar la documentación.
Excluyentes docentes en materias espaciales (música, tecnología, computación, sociología, entre otras especialidades).
Estudiantes avanzados deberán presentar el analítico con las materias aprobadas emitido por la institución a la que asisten debidamente legalizado y a su vez indicar que cuenta con el 80% de la carrera aprobada, deberán ser carreras afines (Lic. en Psicología, Psicopedagogía, Ciencias de la Educación, Educación Inclusiva, Prof. en Educación Especial, Prof. en Educación Primaria y Nivel Inicial, presentando la misma documentación mencionada en el ítem anterior).
El docente podrá tener hasta dos casos en turnos diferentes.
La cartera social brinda asistencia a aquellas familias de escasos recursos, que no cuentan con la cobertura necesaria para hacer frente al pago de la Docente Auxiliar Integral. Cabe destacar que, la ayuda económica se le otorga directamente a los DAI mediante una cesión de pago de los titulares.
Ante cualquier duda pueden comunicarse al 4307334
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