Destinarán más de $120 millones para programas productivos y de empleo

En la décimoquinta sesión del período ordinario de la Cámara de Diputados se destacó el tratamiento de beneficios para mejorar la empleabilidad y generación de proyectos productivos, entre otros.

Política 27 de noviembre de 2020

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En la Decimoquinta Sesión del período ordinario de la Cámara de Diputados ayer se abordaron diversos proyectos de ley del Poder Ejecutivo.

Uno de los principales fue el de beneficios para mejorar la empleabilidad y generación de proyectos productivos que consiste en una suma superior a los ciento veinte millones de pesos para la ejecución de proyectos socio-productivos, socio-laborales y socio-comunitarios en el marco del Programa Nacional de Inclusión Socio – Productiva y Desarrollo Local- “Potenciar Trabajo”. Esta iniciativa fue aprobada por la Cámara de Diputados durante la Decimoquinta Sesión del período ordinario.

También, en la ocasión, ratificaron varios convenios, uno de ellos referido a la ejecución de la obra de tendido eléctrico que garantiza las condiciones de seguridad de los ocupantes del predio del Sindicato Gráfico Sanjuanino, situado en calle Fructuoso Pacheco sin número, La Bebida, departamento Rivadavia. Otro, alude a la cesión de un terreno para la realización de obras que mejoren la conectividad interdepartamental mediante el “Servicio de Transporte Red Tulum” y un tercer convenio para la realización de la obra “Relocalización de Ruta Nacional 149- tramo: camino La Invernada- Empalme RN 150- Sección: Variante Iglesias”.

Asimismo, aprobaron un proyecto de ley remitido por el Poder Ejecutivo que establece la inembargabilidad e inejecutabilidad del patrimonio de los clubes deportivos; y otro que crea la Agencia de Deportes de San Juan, Sociedad de Economía Mixta, bajo la órbita de la Secretaría de Estado de Deportes.

Por otro lado, los parlamentarios dieron acuerdo a un proyecto de ley de autoría de la legisladora Fernanda Paredes, que estableció la incorporación al artículo 203º de la Ley de Educación Provincial un segundo párrafo que habilita la educación a distancia en todos los niveles como una excepcionalidad en caso de epidemias, pandemias, catástrofes o razones de fuerza mayor que impidan la concurrencia a los establecimientos educativos.

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