Supermercados: las nuevas reglas que deberán cumplir durante el aislamiento social, preventivo y obligatorio

A través de la Resolución 101/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno puso más limitaciones para evitar el tránsito de las personas.

Nacionales 23 de marzo de 2020

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En el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio dispuesto por el presidente Alberto Fernández para evitar el avance del coronavirus en el país, el Gobierno estableció este lunes nuevas limitaciones para los supermercados, como la implementación de lugares de espera específicos para entrar a los locales y horarios de atención extendidos para que no se generen aglomeraciones. Las medidas fueron informadas a través de la Resolución 101/2020 publicada en el Boletín Oficial.

Con la firma de la secretaria de Comercio Interior, Paula Español, el documento resaltó que estas normas deberán ser cumplidas por todos los establecimientos de este tipo y estarán vigentes “por un período de 30 días corridos”, aunque este plazo “podrá ser prorrogado en caso de necesidad”.
Entre otras cosas, estos comercios tendrán que brindar “un horario de atención al público de al menos 13 horas diarias en función de los flujos de la demanda y a fin de evitar las concentraciones de los clientes”.

Además, será obligatorio “disponer de personal específicamente destinado a controlar el acceso y evitar aglomeraciones en los locales de venta en función de la superficie de los mismos, a fin de mantener una óptima relación entre espacio y asistentes”.

En este sentido, los locales deberán “señalizar los lugares de espera, de manera de mantener una distancia de un metro y medio entre cliente/a y cliente/a en lugares de espera sea tanto en linea de caja y/o donde los/as consumidores deban formar fila de espera para ser atendidos”.

Por último, el Gobierno ordenó “armar y disponer en todo el piso de venta de los establecimientos comerciales, de banners, audios y materiales de prevención" al alcance de los compradores.

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